CUÁNTO ME DESGRAVO
Si has decidido hacerte socio o realizar un donativo puntual a nuestra Fundación te informamos que existen deducciones fiscales por donativos a ONG que pueden ir del 40% al 80% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). De los primeros 250€ que dones, te deduces 200€. Estos son los porcentajes de deducción actualizado tras la entrada en vigor el 1 de enero de 2024 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, aplicable a nuestra Fundación y a asociaciones sujetas a la ley 49/2002.
| Personas físicas (IRPF) | ||
| Deducción en cuota íntegra, límite 10% base liquidable | ||
| Hasta 250€ de donacion | Resto de donaciones a partir de 250€ | |
| 80% | 40% | 45% |
| De los primeros 250€ que dones, te deduces 200€ | A partir de los siguientes 250€ | Siempre que en los dos años anteriores se haya realizado una donación a la misma entidad al menos por el mismo importe |
| Consultar deducciones adicionales en determinadas comunidades autónomas | ||
| Personas jurídicas (IS) | |
| Deducción en cuota íntegra, límite 15% base imponible* | |
| 40% | 50% |
| Siempre que en los dos años anteriores se haya realizado una donación a la misma entidad al menos por el mismo importe | |
| *Si excede del límite: se puede aplicar en los 10 ejercicios inmediatos y sucesivos | |
Además de esto, debes tener en cuenta si tu comunidad autónoma está sujeta a un régimen foral particular o si cuenta con deducciones adicionales.
En la ilustración puedes entender con más claridad las deducciones que se te aplican con un ejemplo práctico.

CALCULADORA DESGRAVACIONES
(Última actualización: febrero 2024)


