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CUÁNTO ME DESGRAVO

Si has decidido hacerte socio o realizar un donativo puntual a nuestra Fundación te informamos que puedes deducirte estas donaciones en tu declaración de la renta. Para 2022 los tipos de deducción aplicables a las donaciones que se realicen en favor de ONGs que estén acogidas al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre son los siguientes:

Personas Físicas (en el IRPF) Ejercicio 2022
Primeros 150€ 80%
Resto 35%
Donaciones habituales: Si en 2020 y 2021 se han realizado donaciones a la misma entidad por importe  igual o superior, en cada de uno de ellos, al del ejercicio anterior. 40% (en lo exceda de 150 €)
Personas Jurídicas (en el Impuesto de Sociedades) Ejercicio 2022
Donaciones en general 35%
Donaciones habituales: Si en 2020 y 2021 se han realizado donaciones a la misma entidad por importe  igual o superior, en cada de uno de ellos, al del ejercicio anterior. 40%


En la ilustración con un ejemplo práctico puedes entender con más claridad las deducciones que se te aplican.

y si dono cuánto desgravo

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CALCULADORA DESGRAVACIONES

Si quieres saber cuánto te deduces, introduce aquí la cantidad que quieres donar y conoce la desgravación que se te aplicará

  • Si eres persona física, en el IRPF correspondiente a 2021 podrás deducirte el 80% del importe de tus cuotas y/o donativos íntegros por aportaciones de hasta 150€ al año. A partir de esa cantidad la deducción será del 35% o del 40% si llevas colaborando con nosotros al menos 2 años seguidos.
  • Si eres persona jurídica, en el Impuesto de Sociedades podrás deducirte el 35% de tus cuotas y/o donativos íntegros. Si llevas colaborando con nosotros al menos 2 años seguidos la deducción será del 40%.
  • Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en www.aeat.es
  • Si resides en una Comunidad Autónoma sujeta a un régimen foral particular o que ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG, las deducciones aplicables pueden ser diferentes.

Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu DNI o CIF y domicilio.

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PREGUNTAS FRECUENTES

  • ¿Desgravan mis donaciones?

    – Si eres persona física, en el IRPF correspondiente a 2016 podrás deducirte el 75% del importe de tus cuotas y/o donativos íntegros por aportaciones de hasta 150€ al año. A partir de esa cantidad la deducción será del 30% o del 35% si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos, con un límite del 10% de la base liquidable.

    – Si eres persona jurídica, en el Impuesto de Sociedades podrás deducirte el 35% de tus cuotas y/o donativos íntegros. Si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos la deducción será del 40%, con un límite del 10% de la base liquidable.

  • ¿Qué hacen con mi ayuda?

    Con tu ayuda financiamos los proyectos de fundación Arco Iris y haces posible que continúe nuestra labor.

  • ¿Hay cantidad mínima a donar?

    No, no hay una cantidad mínima a donar ya que cualquier ayuda es importante para nosotros.

  • ¿Puedo donar con Paypal?

    Sí, solo tendrás que acceder a tu cuenta normalmente y hacer el ingreso que desees en una de las cuentas que indicamos en la web.

 

 

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